Lamentablemente, la legislación existente no puede darnos una respuesta inequívoca para esta pregunta. La versión actual de las reglas de tránsito no contiene una definición de e-scooter. Las definiciones más cercanas son las bicicletas y los ciclomotores pequeños. Una bicicleta se define por los siguientes parámetros: velocidad de hasta 25 km/h, puede equiparse con un motor de potencia nominal máxima para marcha continua de hasta 250 W y es impulsada por la fuerza muscular de una persona. Los ciclomotores pequeños pueden alcanzar los 50 km/h, son impulsados por un motor eléctrico y están equipados con un motor con una potencia nominal máxima para marcha continua de 250 a 400 W.
En nuestra opinión, los scooters Whoosh están más próximos a la definición de bicicleta. Su velocidad está limitada a 25 km/h, no pueden ir más rápido. Son puestos en marcha físicamente por el usuario, el motor solo arranca si te impulsas con el pie y alcanzas una velocidad de 3 km/h. Los motores de los scooters Whoosh son diferentes, tienen una potencia máxima nominal de 250 vatios para marcha continua. Además, el motor te permite subir cuestas cómodamente y también se puede utilizar para frenar, ya que, además del freno mecánico, los scooters Whoosh también cuentan con un freno motor. El motor eléctrico también sirve para limitar la velocidad en las bajadas, manteniendo una velocidad máxima de 25 km/h; como la velocidad es limitada, no es posible ir a más de 25 km/h en nuestros scooters.